La Declaración de la Renta de 2020 ha llegado, como cada año, a nuestras vidas. La campaña de este año viene rodeada por la incertidumbre de los ERTE y una situación bastante más estable que la del pasado año.
En este artículo vamos a repasar las fechas clave para realizar la declaración de la renta y algunos aspectos importantes de la misma.
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¿Cuál es el periodo de presentación?
La campaña de Declaración de la Renta de 2020 comenzó el día 7 de abril y se podrá presentar hasta el 30 de junio. Para aquellos a los que les salga a devolver en el borrador y quieran domiciliar el pago tendrán hasta el día 25 de junio.
¿Puede hacerse presencialmente? ¿A través de qué medios telemáticos puedo hacerla?
La declaración de la renta puede presentarse telemáticamente o de forma presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria. Pero los plazos son diferentes. Desde el 7 de abril se inicia la presentación telemática a través de la web y de la app con Cl@ve PIN, con certificado electrónico o con DNIe.
Desde el 27 de mayo se inicia la solicitud de cita previa para atención presencial y el 2 de junio comienzan las primeras citas.
Desde el 6 de mayo se comenzará también con la asistencia telefónica a través del plan “Le llamamos”, previa petición para obtener ayuda en la confección y presentación de la declaración a través de una llamada. Esta llamada puede solicitarse en el teléfono 901 22 33 44 o 91 553 00 71, y también en el 901 12 12 24.
¿Quién está obligado a realizar la declaración de la renta?
- Personas con ingresos de a partir 22.000 euros por rendimiento del trabajo:
Todos aquellos que tengan un solo pagador
Los que tengan dos o más pagadores de los cuales hayan percibido igual o menos de 1.500 euros anuales.
- Personas con ingresos de a partir de 14.000 euros por rendimiento del trabajo:
Los que tengan más de un pagador y que en el caso de que del segundo y resto de pagadores haya percibido más de 1.500 euros.
Quienes reciban pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos no exentas.
Todo aquel que sea pagador de los rendimientos no obligado a retener.
Rendimientos sujetos a tipo fijo de retención.
- Personas con rendimientos de capital mobiliario a partir de 1.600 euros anuales
- Personas con ganancias patrimoniales a partir de 1.600 euros.
- Personas que obtengan algunas de las siguientes rentas de a partir de 1.000 euros:
-Rentas inmobiliarias imputadas
-Rendimientos de Letras del Tesoro
-Subvenciones para la adquisición de viviendas de protección oficial o tasadas
-Otras ganancias patrimoniales derivadas de ayudas públicas.
Deducción por maternidad
Este es uno de los cambios que se incluyó en la declaración del año 2018. Se trata de un beneficio fiscal de hasta 1.200 euros por cada hijo menor de 3 años o adoptado. Se aplica siempre que se realice una actividad por cuenta propia o ajena.
Además los contribuyentes con derecho a esta deducción pueden solicitar el abono anticipado de la misma.
Por otro lado, la deducción puede incrementarse hasta en 1.000 euros más cuando el contribuyente tenga gastos de custodia del hijo menor de tres años en guardería o centros de educación infantil.
Deducción familia numerosa o persona con discapacidad a cargo
Existen cinco tipos de deducciones relacionadas con estos supuestos:
- Deducción por cada descendiente con discapacidad.
- Deducción por cada ascendiente con discapacidad.
- Deducción por cónyuge no separado legalmente con discapacidad.
- Deducción por familia numerosa.
- Deducción por ascendiente, separado legalmente o sin vínculo matrimonial, con dos hijos sin derecho a percibir anualidades por alimentos.
La deducción por familia numerosa se amplió además en el año 2018. Actualmente es de hasta 600 euros anuales por cada hijo que forma parte de la familia numerosa y que exceda el número de hijos exigido para que esta se reconozca como numerosa en categoría general.
Los contribuyentes con derecho a esta deducción pueden solicitar el abono anticipado de la misma.
Fechas clave de la declaración de la renta 2020
7 de abril: Inicio de la campaña de la renta
4 de mayo: se abre el plazo para pedir cita previa para el plan “Le Llamamos”
6 de mayo: Inicio de asistencia del plan “Le Llamamos”
27 de mayo: Inicio para la solicitud de cita previa para la atención presencial 2 de junio: Inicio de atención presencial en oficinas de la Agencia Tributaria
25 de junio: fin del plazo de presentación para aquellas declaraciones con resultado a ingresar y que domicilien
30 de junio: Fin del plazo para presentar la Declaración de la Renta.
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