«Soy nuevo presidente en una comunidad de vecinos pequeña y un vecino tiene un coeficiente de participación inferior, ¿pagaría menos cuota?»La Ley de Propiedad Horizontal indica que el pago de las cuotas en una comunidad de vecinos se hará por coeficiente de participación, es decir, quien tenga un coeficiente más alto aportará más que alguien que tenga un coeficiente menor.
Pero todo depende de lo que ponga en los Estatutos de la comunidad. Si en este documento se indica que el pago se hace a partes iguales (es decir, todos los propietarios aportan lo mismo independientemente del coeficiente), entonces será obligatorio este método.
Por tanto, si en los Estatutos no está registrado el pago a partes iguales, al comunidad de vecinos se regirá por el coeficiente de participación y, efectivamente, al vecino con una cuota de participación inferior le corresponderá una cuota mensual menor.
Hay que tener en cuenta que para hacer ese cambio en el método de repartición de cuotas se tiene que haber aprobado por unanimidad.
Si tenéis alguna duda, podéis poneros en contacto con nuestra administración de fincas en Zaragoza y os ayudaremos.