La Navidad ya casi ha llegado, y mientras cada uno lo celebra con sus familiares, amigos o conocidos, no debemos olvidar que estos días festivos también pueden compartirse con los vecinos en las comunidades de propietarios. Si hay buenas relaciones entre unos y otros no es descabellado pensar en preparar un picoteo entre todos o en realizar felicitaciones navideñas.
Aunque, como en todas partes, en estas épocas también pueden surgir algunos roces. Y es que durante estos días surgen algunos asuntos relacionados con la festividad que pueden poner en jaque a la finca, y que hoy os explicamos cómo abordar.
Decoración navideña, ¿sí o no?
Más de una comunidad ha decidido, durante esta época, decorar su rellano o la fachada del edificio con luces, guirnaldas o incluso un árbol de Navidad. Esto no suele conllevar grandes problemas entre los vecinos, ya que suelen ser decoraciones pequeñas y poco extravagantes. Aún así, al colocarlas debemos tener en cuenta el artículo 9.1 de la Ley de Propiedad Horizontal y asegurarnos de que los adornos no suponen un problema dentro de la comunidad.
Por otro lado todos los vecinos deberán respetar esta decoración y hacer un uso adecuado de la misma para evitar que haya daños o desperfectos y así poder disfrutar todos de la navidad en las comunidades de propietarios.
Si la decoración de la comunidad es una tradición en tu finca, es probable que los adornos se reutilicen de un año para otro, pero si es la primera vez que se lleva a cabo, hay que tener en cuenta que todos los vecinos deben votar su aprobación en junta y sacarla adelante por mayoría simple, según las mayorías especificadas en el artículo 17 de la LPH. Si se aprueba, todos los vecinos estarán obligados a contribuir en la compra.
Ruidos excesivos durante estas fechas
Reuniones de Nochebuena y Navidad con 20 ó 30 familiares, fiestas de Nochevieja que se alargan hasta las tantas de la mañana con música…. ¿Quién no ha sufrido esto -o disfrutado- en un piso situado en una comunidad de vecinos? La navidad en las comunidades de propietarios, también trae consigo bajo el brazo grandes cantidades de celebraciones.
En un artículo anterior ya os hablábamos sobre los ruidos en las comunidades de propietarios y lo que dice la Ley al respecto. En estas épocas navideñas, en las que hay tantas celebraciones, resulta lógico pensar que los vecinos van a hacer más ruido del normal al celebrarse fiestas o reuniones familiares en los inmuebles.
Hay que pensar que son ocasiones especiales y que estos ruidos no se alargarán más allá de Año Nuevo, por ello los vecinos suelen ser más laxos en sus quejas contra los emisores de los ruidos. Este tema está incluido en el artículo 7.2 de la LPH, en el que se indica que a los comuneros “no les está permitido desarrollar actividades prohibidas que resulten dañosas para la finca”.
Si alguna de estas reuniones molesta a los vecinos, deberemos ser solidarios y bajar el volumen de la música o el tono de la conversación para que todos podamos disfrutar de las festividades. Si estos ruidos persisten y se hacen molestos, deberemos ponerlo en conocimiento de la Policía Local, para que haga una medición de ruidos en la vivienda.
¿Qué hacemos con la suciedad del día después?
Otro de los problemas que pueden surgir en navidad en las comunidades de propietarios es la suciedad. Aunque las fiestas no suelen atravesar el umbral de la vivienda en la que se celebra, hay que ser muy conscientes de que las zonas comunes son de todos lo propietarios, y los vecinos deberán velar porque estas estén en perfecto estado en todo momento.
La LPH dice que hay que hacer un uso adecuado de las instalaciones de la comunidad y de los elementos comunes, y evitar en todo momento que se causen daños o desperfectos. Si esto sucede, será el propietario causante el que tendrá que hacerse cargo de estos problemas. Por ello, en estas épocas, desde Grupo Aserpaz recomendamos limitar las fiestas al interior de la vivienda.
Evitaremos la suciedad y los desperfectos de las zonas comunes a la vez que limitamos los ruidos al interior de la vivienda.
Otro tema que suele ser recurrente en estas fechas son los aguinaldos a trabajadores de la comunidad: portero, limpiadores, etc. Estos pueden realizarse siempre que no sean muy extravagantes, y siempre han de aprobarse en la junta de propietarios.
Desde Grupo Aserpaz, administración de fincas situada en Zaragoza, nos ponemos a su disposición para cualquier duda que surja en relación a cualquier tema relacionado con las comunidades de propietarios.