ADMINISTRACIÓN DE FINCAS EN ZARAGOZA

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No se ha aprobado el presupuesto anual en mi comunidad de propietarios, ¿y ahora qué?

La Ley de Propiedad Horizontal nos dice que la Junta de Propietarios se debe reunir, por lo menos, una vez al año para aprobar el presupuesto y las cuentas de la comunidad. Pero hay ocasiones en las que los propietarios no están de acuerdo con el presupuesto presentado. En ese caso, ¿qué es lo que ocurre cuando no se ha aprobado el presupuesto de la comunidad de propietarios?

La presentación y aprobación del presupuesto anual se debe incluir en el orden del día de la Junta General Ordinaria de una comunidad de propietarios. En él se debe reflejar los gastos previstos para el próximo ejercicio y los ingresos necesarios para afrontarlo.

El presupuesto anual se aprueba por mayoría del total de los propietarios, que a su vez representan la mayoría de las cuotas de participación. En segunda convocatoria bastará que se apruebe por la mayoría de los asistentes; siempre que esta represente también más de la mitad del valor de las cuotas de participación de los presentes. 

¿Qué ocurre si no sale aprobado el presupuesto en la Junta de la comunidad?

Si el presupuesto no saliera adelante, automáticamente se prorrogará el presupuesto del pasado año. Esto puede conllevar, entre otros, problemas de solvencia si fuera necesario, por ejemplo, subir las cuotas. A partir de aquí existen dos opciones: o se queda prorrogado el presupuesto durante todo el ejercicio o se vuelve a convocar una Junta General Extraordinaria. En la nueva Junta se presentaría un nuevo presupuesto, que se votaría con las mismas condiciones y se aprobaría por la misma mayoría que el primero. 

Es importante, para una comunidad de vecinos, aprobar un presupuesto nuevo cada año, ya que es la hoja de ruta que tiene el administrador de fincas para poder operar en la comunidad de vecinos. 

Recordamos que, actualmente y hasta el 31 de diciembre, los presupuestos de las comunidades de propietarios se prorrogan automáticamente; ya que está prohibido realizar juntas de propietarios salvo casos excepcionales como aprobación de obras urgentes o solicitud de subvenciones.