ADMINISTRACIÓN DE FINCAS EN ZARAGOZA

Centro: 976 233 075   |   Actur: 976 737 903   |   Universidad: 976 352 867   |   Goya: 976 223 768

¿Pueden aparcar varios vehículos en una plaza de garaje?

En otras ocasiones ya os hemos hablado de si se puede usar el garaje como trastero, almacenando muebles, y qué es lo que hay que hacer cuando un coche sobresale de su plaza. Esta vez os explicamos si se pueden aparcar varios vehículos en una misma plaza de garaje. 

La Ley de Propiedad Horizontal no hace referencia a este uso de los garajes. Se limita a recordar que “al propietario y ocupante no les está permitido desarrollar en él o en el resto del inmueble actividades prohibidas en los estatutos, que resulten dañosas para la finca o que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, nocivas o peligrosas” (Art. 7.2).

 

Entonces, ¿está permitido aparcar varios vehículos en una misma plaza?

El vacío de la Ley de Propiedad Horizontal nos lleva a que el próximo paso sea consultar las ordenanzas de cada Ayuntamiento a este respecto. Las corporaciones locales rara vez legislan sobre este tema, pero es importante tenerlo en cuenta. En el caso del Ayuntamiento de Zaragoza, no se hace mención al respecto.

Otros documentos legales que pueden prohibir aparcar dos o más vehículos en una misma plaza comunitaria son los Estatutos. En ocasiones los vecinos se ponen de acuerdo y, por unanimidad, deciden modificar los estatutos e impedir que aparque más de uno en la misma plaza. Antes de hacerlo, consulte a su administrador de fincas o, directamente, a los Estatutos de la comunidad.

 

Cuestiones a tener en cuenta cuando se aparcan varios vehículos en una plaza

Por tanto, en principio, no habría inconveniente legal en aparcar dos o más vehículos en una misma plaza de garaje. Sin embargo, el dueño o usuario debe asegurarse de que no sobresalen de las líneas que delimitan el aparcamiento.

Si los vehículos sobrepasan la plaza, se está haciendo uso de zonas comunes y por lo tanto no está permitido, como tampoco lo está cuando se aparca un solo coche.

En este sentido el artículo 3 de la LPH indica: cada propietario tiene “derecho exclusivo de propiedad sobre un espacio suficientemente delimitado y susceptible de aprovechamiento independiente […] con los elementos arquitectónicos que estén comprendidos dentro de sus límites y sirvan exclusivamente al propietario”. 

Si eres inquilino también tendrás que revisar el contrato de alquiler por si se incluye alguna cláusula que te prohíbe expresamente este tipo de aparcamientos.

 

¿Los seguros comunitarios cubren todos los vehículos en caso de siniestro?

Otra de las dudas que existen respecto a este tema es si el seguro de la comunidad de garajes cubriría todos los vehículos en caso de siniestro. 

Se habla de que en caso de incendio, desprendimiento o filtraciones el seguro se puede negar a atender los daños, pero de hecho esto no es del todo cierto. Si hay un siniestro en el garaje y en una o varias plazas hay más de un vehículo se deberá consultar la póliza para comprobar las condiciones.

En el tema de garajes, hay pólizas que cubren los siniestros según el número de plazas o de metros cuadrados, sin tener en cuenta los vehículos, y otras que lo hacen según los vehículos contando uno por cada plaza. 

De este modo, si tras un siniestro, el seguro es del segundo tipo, y en una plaza hay más de un vehículo, al perjudicado solo se le asegurará uno de ellos, excluyéndose el otro.