El Gobierno publicó el domingo un nuevo Real Decreto en el que se establece el cierre total y parón de todos aquellos trabajos que no sean esenciales. El BOE publicó ese listado de trabajos, así que veamos si este cierre total afecta a las comunidades de propietarios y de qué manera.
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Los despachos de administración de fincas
En el anterior RD en el que se paraban algunas actividades, los despachos de administración y asesoría seguían pudiendo trabajar, pero primando el teletrabajo en lugar de oficinas. Lo mismo ocurre ahora con el Real Decreto-ley 10/2020, que en base al artículo 16 mantiene como esencial el trabajo de asesorías y despachos.
Los despachos de administraciones de fincas, y Grupo Aserpaz en concreto, van a continuar prestando un servicio que el Colegio de Administradores de Fincas ha definido como “esencial” ya que tenemos que proporcionar a los vecinos la seguridad de vivir en buenas condiciones en sus casas, en las que pasan las 24 horas del día.
En nuestro caso -y ya implantado el teletrabajo desde la publicación del RD del 14 de marzo-, les seguimos atendiendo en los números de teléfono habituales y a través de los correos electrónicos.
Obras en las comunidades
El primer RD del 14 de marzo no paró las obras que hubiera en marcha en las comunidades de propietarios, por lo que hasta la fecha seguían realizándose con normalidad. Sin embargo, esta última norma del 29 de marzo sí ataja las obras de adjudicación privada, entre las que se encuentran las fincas de propietarios.
Desde el lunes se han paralizado las obras en fachadas, viviendas o el interior de las comunidades hasta nuevo aviso.
El Gobierno sí mantiene como esenciales algunas obras consideradas indispensables del ámbito público que garanticen el mantenimiento y seguridad de los edificios.
De todos modos, haciendo referencia al apartado 18 del anexo el RD, el Gobierno considera indispensable aquellas actividades de reparación de averías urgentes, lo que implica que ningún edificio se va a quedar sin protección si surge algún problema urgente en su comunidad.
Conserjes y porterías
El punto 18 del anexo del RD también indica que son esenciales aquellas empresas que “presten servicios de limpieza, mantenimiento, reparación de averías urgentes y vigilancia”. Estas actividades son precisamente las que desarrollan los porteros y conserjes de las comunidades de propietarios. En este caso el cierre total no afecta a este aspecto de las comunidades de propietarios.
El Consejo General del Colegio de Administración de Fincas ya confirmó ayer que estos profesionales podían seguir realizando sus actividades ya que no les afectaba el RD.
Desde la administración aconsejamos ofrecer a estos trabajadores un certificado que acredite su profesión, horario laboral y tareas para evitar posibles multas por parte de las autoridades.
Además, en nuestro despacho hemos limitado las tareas de limpieza de estos profesionales a lo mínimo indispensable para la conservación y buen estado de las comunidades en las que desempeñan su labor para evitar al máximo el contagio. También se les ha solicitado que todas las tareas las desempeñen con protección y que trabajen en la desinfección de zonas comunes.
Mantenimiento y arreglos
Volviendo al apartado 18 del anexo del citado Real Decreto, el Gobierno recoge como esencial “la reparación de averías urgentes”. Las comunidades de propietarios tienen asegurada la atención de urgencia de averías, roturas de tuberías, etc. que pongan en peligro la estructura del edificio o que presenten un gran inconveniente para el día a día tanto en las viviendas como en el edificio en general.
Nuestra administración de fincas en Zaragoza seguirá proveyendo a las comunidades de los gremios necesarios para solucionar, eso sí, solo urgencias.
Además, el apartado 12 del anexo señala que los despachos de seguros siguen funcionando con normalidad, con lo que cualquier avería les será notificada en tiempo y forma.
Normativa en las comunidades de propietarios
Recordamos que es necesario extremar al máximo las salidas a la calle y, en caso de hacerlo, asegurarse de tomar las medidas pertinentes para combatir el contagio en las comunidades de propietarios.
Las zonas comunes están prohibidas, por lo que los vecinos no pueden usarlas para ocio: no está permitido estar en la zona de piscina, azotea, jardines, rellanos, pistas de pádel, etc.
El ascensor también debe usarse lo mínimo posible, siendo las escaleras la mejor opción. Si fuera obligatorio su uso, habría de hacerse de uno en uno y sin tocar los botones y puertas con los dedos descubiertos.
Aconsejamos llevar guantes siempre y no tocar elementos de las zonas comunes con manos descubiertas. Además, al llegar a casa hay que lavarse las manos con agua y jabón. También se recomienda no limitar las compras por internet y desinfectar cualquier cosa que venga del exterior.
Si bien estas medidas, recomendadas por el Ayuntamiento de Zaragoza y el Colegio de Administradores de Fincas, no previenen al 100% el contagio, sirven para evitar al máximo la propagación, por lo que rogamos a nuestros administrados que las pongan en marcha.
El cierre total no tiene por qué afectar demasiado al funcionamiento diario de las comunidades de propietarios. Aunque sí es cierto que no se van a poder atender todas las peticiones de los vecinos como pequeñas averías o roturas que no supongan una urgencia.
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Para más información puede contactar con nuestras oficinas de 9.00 a 14.00 horas o las 24 horas del día en el mail info@aserpaz.com
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